13/1/09

Eliminación de la Tablita de Machinea

A partir del 1 de Enero de 2009 se elimina la aplicación de reducciones sobre las deducciones previstas en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, conocida como "Tablita de Machinea". Asimismo, el importe de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) no se encuentra afectado por dicha reducción. Así lo establece la Ley N° 26.477, sancionada por el Congreso de la Nación.

La AFIP reglamentó las mencionadas modificaciones a través de las siguientes Resoluciones Generales:

¿Cuánto deben devolver las empresas a sus trabajadores que le descontaron de más por haber incluido en su liquidación del aguinaldo la Tablita de Machinea recientemente eliminada para el Cálculo del Impuesto a las Ganancias?

  1. Empresas que ya pagaron el medio aguinaldo: Para que cualquier persona lo pueda realizar la AFIP, publico en su página Web, www.afip.gov.ar, un simulador que permite obtener un monto aproximado de lo que van a recibir como devolución, se debe cargar el importe bruto y el importe neto y una serie de datos que el sistema le pedirá para que el sistema calcule el impuesto.
  2. Empresas que aún no pagaron el medio aguinaldo: podrán calcular el impuesto ya ajustado según marca la nueva Ley, y en algunos casos deberán devolver lo descontado de más durante el año 2008.

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