1/6/10

PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES POR EXTINCION DE CONTRATO DE TRABAJO.

Por medio de la Ley 26.593 publicada hoy en el B.O. se establecen los plazos máximos de pago de remuneraciones e indemnizaciones por extinción de la relación laboral.
Se incorpora como artículo 255 bis de la Ley 20.744 (t.o. en 1976), el texto que prevé que el pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo. Determina los siguientes plazos máximos: cuatro días hábiles para la remuneración mensual o quincenal y tres días hábiles para la semanal.

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