Nuevos importes
Se establecen los nuevos valores para el cálculo de los aportes previsionales a partir de la obligación mensual correspondiente al período devengado marzo de 2010 —con vencimiento en el mes de abril de 2010-.
TRABAJADORES AUTÓNOMOS
Los nuevos valores a ingresar para las distintas categorías son los siguientes:
Regimen general:
Situaciones Especiales
Actividades Penosas o Riesgosas:
Trabajadores en Relación de Dependencia
Límite mínimo: TRESCIENTOS ONCE PESOS CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 311,36).
Tenga en cuenta que:
EN EL CASO DE LOS RÉGIMENES ESPECIALES ESTABLECIDOS EN LAS LEYES N° 24.016, N° 24.018, N° 22.731, N° 22.919, Y LOS DECRETOS 137/06 Y 160/05, EL CÁCULO DE APORTES CON DESTINO AL SIPA SE EFECTUARÁ SIN CONSIDERAR EL LÍMITE MAXIMO PARA SU BASE IMPONIBLE
25/4/10
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